La gestación subrogada –también llamada “maternidad subrogada” o coloquialmente “vientre de alquiler”– es un método de reproducción asistida donde una mujer (la gestante) gesta un embrión cuyo bebé será entregado a otras personas tras el parto.
En Colombia no hay una ley específica que regule la gestación subrogada, sin embargo las reiteradas sentencias de jueces sobre el tema han generado una favorable jurisprudencia sobre ella.
Varias sentencias de tutela (por ejemplo, la Sentencia T‑968/2009 de la Corte Constitucional) han confirmado su existencia y han sentado precedentes, pero cada caso se resuelve de forma separada y debe presentarse el caso ante un Tribunal.
Posee algunos requisitos estrictos (por ejemplo, se exige que al menos uno de los padres comitentes sea biológicamente progenitor del bebé).
Respecto a quién puede acceder a este proceso: clínicas y expertos coinciden en que todos los tipos de familia (parejas heterosexuales, parejas del mismo sexo, personas solteras) pueden realizar este proceso de gestación subrogada, siempre que cumplan requisitos médicos y legales.
En cuanto a la ciudadanía de los padres intencionales o futuros padres, no existe limitación alguna, pueden acceder extranjeros de todas las nacionalidades, así como ciudadanos o residentes colombianos.
Se recomienda asesoría legal especializada por los retos que presenta la patria potestad y la filiación del bebé nacido por este método.
.
¿CÓMO ELIJO A QUE AGENCIA O ABOGADO CONTRATAR?
En Colombia, como en todo el mundo, hay profesionales reconocidos y otros denunciados y poco transparentes (aunque hagan publicidad).
Nuestra comunidad SURROGACY.AR posee años de experiencia en gestación subrogada internacional, y muchos miebros ya han recorrido el camino.
La mejor forma de elegir, es contactándote con la comunidad y siguiendo los consejos de quienes ya tramitaron este camino exitosamente. Escríbenos y participa de nuestros eventos.
Legalmente, en Colombia no existe ley que autorice expresamente la subrogación, la cual se encuentra avalada mediante la Jurisprudencia Colombiana.
La jurisprudencia ha fijado reglas puntuales: p. ej., la Corte ha señalado que las mujeres gestantes deben ser reconocidas legalmente en el certificado de nacimiento y que los padres intencionales (biológicos) asumen la filiación del recién nacido.
Luego del nacimiento, los padres intencionales deben iniciar una acción legal ante los Tribunales colombianos a fin de quitar la filiación de la mujer gestante de los documentos del bebé, acción legal que se resuelve en forma favorable debido a los antecedentes de jueces anteriores y del Tribunal Constitucional.
En Colombia la subrogación utiliza técnicas de reproducción asistida de alta complejidad. El procedimiento típico es la fertilización in vitro (FIV): los gametos (óvulos y espermatozoides) los aportan los padres intencionales o donantes, se fecundan en laboratorio y luego el embrión resultante se transfiere al útero de la gestante. Las clínicas autorizadas exigen un riguroso protocolo médico: las mujeres gestantes deben ser jóvenes (aprox. 21-30 años), con al menos un embarazo previo exitoso y pasar exámenes físicos, ginecológicos, serológicos y psicológicos exhaustivos. Solo tras estas evaluaciones la gestante es aceptada.
Luego, durante el embarazo, hay seguimiento prenatal especializado: ginecólogos, perinatólogos y psicólogos monitorean constantemente la salud de la madre y el desarrollo fetal.
Sí es posible enviar material genético (óvulos, esperma o embriones) desde el extranjero hacia Colombia con la autorización sanitaria correspondiente.
En 2017 la Corte Suprema ordenó al Ministerio de Salud tramitar la autorización para que una pareja extranjera pudiera exportar sus embriones criopreservados a EE. UU. para gestación subrogada.
Una particularidad en Colombia es que no se admite la “doble donación”: al menos uno de los padres comitentes debe aportar gametos genéticos.
En la práctica esto significa que no se permite la adopción de embriones sin vínculo genético con los padres.
Por lo tanto, las parejas extranjeras pueden traer embriones o gametos para una subrogación en Colombia, pero deberán coordinarlo con la clínica y obtener el visto bueno oficial del Ministerio de Salud, así como considerar la legislación migratoria y de nacionalidad para el futuro bebé.
Colombia cuenta con clínicas especializadas de alta calidad en reproducción asistida, especialmente en ciudades como Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Cartagena. Ofrece todos los procedimientos avanzados: FIV, ICSI, diagnóstico genético preimplantacional, donación de óvulos, vitrificación, etc. En general estos centros tienen infraestructura moderna, laboratorios de embriología avanzados y cumplen estándares internacionales de seguridad y calidad.
La Ley 1953 de 2019 exige un registro único de estos centros autorizados por el Ministerio de Salud.
Se recomienda contratar clínicas acreditadas y además consultar con pacientes que ya hayan acudido a la clínica en la que se pretende realizar el tratamiento, o obtener recomendaciones de profesionales dedicados al tema, para evitar cualquier contratación con clínicas poco claras.
Tenga en cuenta que existen muchas denuncias de incumplimientos contractuales y publicidad engañosa contra muchas clínicas colombianas. También se han reportado numerosos casos de clínicas que ofrecen programas aparentemente de muy bajo costo, y luego comienzan a cobrar costos ocultos elevadísimos a los pacientes extranjeros.
No contrate a clínicas que encuentre por internet. Siga las recomendaciones de expertos y personas de la comunidad que ya han pasado este camino, y conocen las opciones seguras y las opciones peligrosas.
No vale la pena arriesgar su proyecto de familia y su hijo, por ahorrar unos dólares. No decida en base al dinero, decida en base a la seriedad y experiencia.
En Colombia, los tratamientos de reproducción asistida no suelen estar cubiertos por el sistema público de salud (EPS). Por ejemplo, la FIV está excluida del Plan de Beneficios en Salud (según la resolución vigente), por lo que las EPS no la financian como servicio regular.
En consecuencia, la mayoría de los pacientes –colombianos o extranjeros– deben costear estos tratamientos de forma privada.
Escríbanos por Whatsapp si desea que lo pongamos en contacto con abogados reconocidos en el tema. Ya conocemos el camino, y será más fácil seguir los mismos pasos que ya fueron exitosos.
Asesoría legal especializada. Dado la complejidad legal, es vital contar con un equipo legal experto en derecho de familia y reproductivo que redacte y revise los contrato (según los lineamientos judiciales) y guíe los trámites posteriores (p.ej. impugnación de maternidad). Este profesional también ayudará a navegar la legislación migratoria y de nacionalidad aplicable al niño.
Elegir clínica acreditada. Verifique que la clínica tenga autorización del Ministerio de Salud y, de ser posible, certificaciones internacionales (como GHA o JCI).
Elija clínicas recomendadas por pacientes anteriores o por referentes con reputación que trabajan en el tema.
También conviene conocer los protocolos: asegúrese de que ofrezcan evaluación completa de la gestante (médica y psicológica) y seguimiento prenatal por especialistas.
Planificar la filiación y nacionalidad del bebé. Confirme desde el inicio que el bebé recibirá la nacionalidad de los padres biológicos. Por ley colombiana (jus sanguinis) el niño no adquiere la nacionalidad colombiana si en el registro de nacimiento se elimina el nombre de la madre gestante. Es crucial coordinar estos trámites con la agencia de gestación subrogada para evitar que el niño quede sin ciudadanía.
Conocer los costos y tiempos. El proceso completo (selección de gestante, FIV, embarazo y trámites legales) suele durar unos 18 meses.
Además de los honorarios clínicos, considere gastos de viajes, alojamiento y notaría. Algunos servicios legales pueden llevar semanas (por ejemplo, una impugnación de maternidad demora cerca de un año en promedio).
Pregunte siempre por el costo total anticipado de su caso. Tenga en cuenta que el mejor presupuesto, no es el más barato, sino el más transparente y con los profesionales más reconocidos. No intente ahorrar unos pocos dólares, contratando programas low cost, porque terminará sufriendo un engaño.
Seguridad y bienestar. Verifique que la clínica tenga seguro médico para la gestante (incluyendo riesgos prenatales) y para el neonato. La sentencia judicial de 2024 recordó que las gestantes deben tener protección adicional (seguimiento médico y psicológico) incluso después del parto. El cuidado de la salud de la gestante y del bebé durante todo el proceso es clave, por lo que conviene confirmar la calidad del hospital seleccionado para el parto.
En resumen, la gestación subrogada en Colombia es posible pero jurídicamente compleja.
Quienes la consideren deben informarse muy bien, recurrir a profesionales calificados (médicos y abogados) y planear cuidadosamente cada paso.
Se recomienda encarecidamente actuar con asesoramiento jurídico, contar con clínicas reputadas y evitar atajos ilegales.
Contáctenos para poder brindarle los datos de profesionales que podrán asistirlos y acompañarlos para que su proceso sea seguro, también podemos brindarle información sobre clínicas de fertilidad en Colombia con experiencia real en el área, y agencias de gestación subrogada con expertise y buenos antecedentes en el sector.
Esperamos que les haya gustado el artículo!
Nos vemos pronto!